El miedo al regreso del Mal

Aleardo Laría.

Si los historiadores buscaran una clave para interpretar la actual realidad argentina, la encontraría recordando lo que aconteció después de 1955 y el modo que condicionó a la política la posibilidad del regreso de Juan Domingo Perón. El establishment, los grandes medios de difusión y en ese entonces las Fuerzas Armadas, estaban aterrorizadas ante la posibilidad de un retorno que suponían catastrófico. Se imaginaron decenas de tretas y estratagemas para evitar el regreso del Mal y el resultado final fue la radicalización de una generación de jóvenes que no entendían que la democracia fuese selectiva y pudiera proscribir a determinadas opciones políticas. La campaña mediática, política y judicial lanzada contra Cristina Fernández de Kirchner no es exactamente igual pero guarda un aire de familia con lo acontecido después de 1955. Ante la posibilidad de retorno del populismo, muchos se emplean a fondo para impedir ese regreso, incluyendo el uso de algunos métodos que no son admisibles en una sociedad abierta.

No es fruto de la casualidad que el juez Claudio Bonadío haya caratulado la causa abierta tras la misteriosa aparición-desaparición de los cuadernos del ex sargento Centeno como “Cristina Fernández de Kirchner s/asociación ilícita”. Es decir que antes de iniciar la investigación, con los pocos indicios reunidos, el juez puso el carro delante de los caballos y de esta manera hizo explícito el objetivo político que perseguía. Todas las irregularidades procesales que se han denunciado -y que son numerosas cuando se las analiza desde el garantismo penal- obedecen al propósito inocultable de comprometer a CFK en una causa que permita dejarla fuera del juego electoral. El juez ha sido elegido en una operación de “fórum shopping” por el grado de enconamiento personal y político que tiene con Cristina Fernández y el uso selectivo que hace de la prisión preventiva y de la ley del arrepentido, muestran que está realizando con eficacia el cometido asignado.

Ahora bien, sin perjuicio de lo que acabamos de señalar, no debemos permitir que los árboles impidan ver el bosque. La existencia de una actuación irregular del juez no debe llevarnos a negar los resultados de una investigación que ha dado un vuelco fundamental a partir de las declaraciones del empresario Carlos Wagner, presidente de la Cámara de la Construcción. A pesar del carácter secreto de la causa y que se verifica un proceso de filtración sesgado de la información, es indiscutible de que Wagner se ha inculpado de graves delitos, relatando con pelos y señales un organizado sistema de cartelización de la obra pública que daba lugar al pago de retornos a los funcionarios públicos que estaban del otro lado del mostrador. Según lo que ha trascendido, el organizador y receptor último de estos sobornos era el ex presidente Néstor Kirchner que había diseñado un centralizado sistema de recaudación para evitar fugas indeseadas de estos caudales.

Si bien las redes de captura de dinero público no son una novedad en la Argentina, en este caso llama la atención la magnitud del defalco y la eficacia de una maquinaria de absorción de dinero del Estado que no registra antecedentes. Algunos periodistas han relacionado el monto de la obra pública del período –alrededor de 100.000 millones de dólares- y a esa suma han aplicado un porcentaje del 15 % o del 20 % para arribar a cifras que impactan. Pero cualquier sea la cantidad desviada del presupuesto público, lo que parece indudable es que alcanzó una magnitud impresionante, algo que excede con creces a las necesidades de financiación de la actividad política.

Los grandes medios se afanan en poner el acento en la responsabilidad del “matrimonio Kirchner” en esta red de corrupción, haciendo referencia a la podredumbre del kirchnerismo, y de este modo, consciente o inconscientemente, desvían la atención que merece recibir la escandalosa podredumbre del capitalismo de amigos que lastra a la economía argentina desde tiempos anteriores a la llegada de los Kirchner. El fenómeno de la “patria contratista” es una gangrena que se instaló en la política desde la época de la Dictadura militar, cuando grupos empresariales –entre ellos el constituido por la familia del presidente Macri-, nacieron y se expandieron. Por otra parte, el gobierno no se cayó de un guindo y conocía desde hace tiempo que el ex vicepresidente para América Latina de Odebrecht, Luiz Antonio Mameri –citado a declarar en los tribunales federales el próximo octubre- había revelado ante los investigadores brasileños cómo funcionó la cartelización de las obras públicas en la Argentina durante la última década, como así también el pago proporcional de los sobornos dentro de cada consorcio o unión transitoria de empresas (UTE). Esta información la dio a conocer el periodista Hugo Alconada Mon en el pasado mes de mayo (ver enlace 1 al final de la nota).

Si enfocamos tan singular fenómeno desde una perspectiva institucional, es tentador pensar que se abre una ventana de oportunidad para que nuestro país se pueda librar de la lacra del capitalismo de amigos que es una de las causas de la falta de competitividad de la economía y de su baja productividad. Sin embargo, debemos recordar que la función disuasoria del derecho penal se cumple solo cuando todos los responsables reciben el justo castigo. La aplicación selectiva que el juez Bonadío hace de la ley del arrepentido, permite augurar un escenario futuro donde los empresarios, al estilo del primo Ángelo Calcaterra, se libren de la prisión y miren esta versión argentina del Lava Jato desde los mullidos sillones de sus residencias. El juzgado de Bonadío se habría convertido así en una suerte de río Jordán para los empresarios, que lavan sus culpas y expían sus pecados con el simple y cristiano arrepentimiento.

Esta  operación de Blanqueo II, es continuación del Blanqueo I, donde los amigos de la «patria contratista» pudieron regularizar, gracias a la inestimable ayuda del presidente Macri, las inmensas ganancias obtenidas con los sobreprecios de la obra pública. A efectos de no quedar mal con su familia, el presidente se permitió corregir por decreto una ley que dejaba fuera del blanqueo a los familiares de altos cargos, de modo que el hermano Gianfranco Macri pudo blanquear 35,5 millones de dólares. A efectos de garantizar la impunidad de estos evasores el artículo 86 de la ley de blanqueo exime a la AFIP de formular denuncia penal contra quienes blanqueen fondos fugados, aun cuando involucren delitos graves. Según un experto fiscal, el mencionado artículo 86 borra toda posibilidad de investigar los delitos financieros de la fecha de este blanqueo para atrás, inclusive de operaciones que podrían haber posicionado en situación dominante a determinadas empresas en función de la estafa consumada contra el Estado y la sociedad; es decir, los empresarios obtuvieron ventajas impositivas en su momento pero aún podrían estar beneficiándose en términos penales.

. La responsabilidad de CFK

Existe una leyenda, instalada desde hace tiempo entre la clase política y el periodismo, de que CFK no tenía conocimiento de la red que había creado su marido y que recién lo supo cuando se produjo el fallecimiento de Néstor Kirchner, al leer las anotaciones de unos cuadernos Arte manuscritos por el ex presidente. Recientemente, en dos notas aparecidas en el diario “Clarín”, dos periodistas notoriamente anti K, como Nicolás Wiñazki y Eduardo Van der Kooy, se hicieron eco de esta versión (ver enlaces 2 y 3 al pie de esta nota). Cualquiera que sea el valor que se le asigne a esa historia debe recordarse que en el proceso penal rige el principio de presunción de inocencia y de individualización de la pena, de modo que la existencia de un vínculo matrimonial no convierte automáticamente a la pareja en cómplice o partícipe de las actuaciones de su esposo.

Algunos lectores protestarán indignados por la hipótesis que acabamos de exponer dado que están convencidos de que CFK no podía ser ajena a lo que hacía su esposo. Sin embargo, debe señalarse aquí que el Código Penal argentino exime de responsabilidad penal al mero encubrimiento de familiares directos. Es decir que no basta con argumentar que Cristina no podía ignorar estos hechos, sino que para vincularla a la causa que investiga Bonadío deberían reunirse evidencias que acrediten su participación directa o indirecta en la trama de corrupción.

La mera circunstancia de estar al frente del Estado tampoco es un argumento para atribuirle la participación en una asociación ilícita. Al abrigo del Estado pueden surgir redes ilícitas sin conocimiento del presidente o del primer ministro. Por ejemplo, en España, la existencia de una vasta red de corrupción –el caso Gürtel- que surgió a la sombra del Partido Popular, no llevó al procesamiento automático del presidente del Gobierno, en ese entonces José María Aznar, ni de su sucesor, Mariano Rajoy. Por consiguiente, para implicar a la ex presidente, haría falta algo más que la opinión subjetiva de un arrepentido o la ligera mención en un cuaderno de que fue vista paseando en “joggings” por la residencia de Olivos.

La prueba de fuego, la que sin duda permitiría cerrar el círculo de la investigación, sería determinar el destino final del dinero. Si las cantidades recaudadas alcanzaron los niveles que surgen de las declaraciones de los empresarios arrepentidos, parece evidente que no se ha gastado todo en la actividad proselitista y esos fondos sobrantes deben estar en algún lado. De allí que el gobierno haya ofrecido una recompensa por cualquier información que permita conocer ese destino. Obviamente, sería una prueba demoledora para CFK o para cualquier otro acusado que aparecieran cuantiosos fondos vinculados a esa persona en algún lugar secreto o en una cuenta off-shore.

En el caso de los cuadernos del sargento Centeno todavía queda mucha tela que cortar, de modo que cualquier conjetura sobre la participación de CFK, en una causa con una carga política importante, parece aún prematura. Por el momento, lo que cabe exigir en una democracia es una investigación hecha con rigor profesional, no sesgada y conducida con imparcialidad. En casos tan sensibles, el juez no solo debe ser imparcial sino también parecerlo.

1)La nota de Alconada Mon
2)La nota de Wiñazki
3)La nota de Van der Kooy