La persecución político-judicial de los ex presidentes

Aleardo Laría.

Nuestra deplorable monarquía presidencial ha conseguido, bajo el gobierno de Mauricio Macri, sumar un nuevo estigma al propiciar la persecución político-judicial de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner. Es un hecho de enorme gravedad institucional y política, dado que vulnera la división de poderes y limita gravemente la posibilidad de alternancia. Conviene estudiar las medidas legislativas que eviten en el futuro la consolidación de esta práctica e impidan que un nuevo presidente le haga pasar a su antecesor por las mismas tribulaciones que Macri le viene ocasionando a la ex presidenta.

Son abundantes y notorias las medidas de persecución judicial que se han ensañado con CFK, en especial las adoptadas por el juez federal Claudio Bonadío. Sería largo enumerar las numerosas decisiones adoptadas por un juez autoritario y prevaricador que no ha trepidado en vulnerar los principios básicos del procedimiento penal enceguecido por un rencor ostensible contra la ex presidenta. Como la actuación de este juez no ha sido aislada, sino que ha venido acompañada por intervenciones de fiscales y cámaras de apelación que respaldado este comportamiento, es obvio que estamos ante una trama político-judicial que actúa por motivaciones políticas más que guiada por parámetros judiciales.

Las primeras actuaciones de Bonadío, cuando impulsó el procesamiento de CFK por “traición a la patria” en el caso del Memorándum con la República de Irán o por las decisiones adoptadas por el Banco Central en materia cambiaria, mostraron a las claras que el juez carecía de la imparcialidad necesaria para intervenir en las causas contra la ex presidenta. Luego, a partir de la conocida como “causa de los cuadernos”, las arbitrariedades se han sucedido en cascada, lo que acredita sobradamente que la elección del juez para entregarle la investigación de esa causa no fue fruto de la casualidad sino una operación perfectamente orquestada.

Analizar todas y cada una de las arbitrariedades judiciales que se vienen produciendo en las decisiones judiciales que afectan a la ex presidenta demandaría un espacio mucho mayor que el que ofrece una columna periodística, pero cualquier persona formada en derecho las reconoce inmediatamente. Como se trata de una persecución política enmascarada bajo causas judiciales, serán muchos los ciudadanos que sesgados por su opinión política no estarán de acuerdo con esta caracterización. Pero en el caso del autor de esta nota, que ha tenido una posición crítica frente al kirchnerismo por sus descuidos institucionales, los hechos son notorios y elocuentes y la historia futura los juzgará severamente.

Como se trata de una cuestión que afecta gravemente la institucionalidad democrática, es necesario pensar remedios institucionales fuertes para que estas prácticas no vuelvan a instalarse en el futuro, afectando gravemente el Estado de derecho. Señalaremos a continuación algunas de las medidas que se podrían adoptar para evitar el riesgo de la reiteración.

En primer lugar, aunque la propuesta suene utópica, no podemos dejar de consignar nuestra opinión de que mientras mantengamos un sistema presidencialista y no optemos por un sistema parlamentario, el riesgo del “hiper-presidencialismo” será permanente. Si a los poderes tradicionales del Poder Ejecutivo le añadimos los extra institucionales, como el control político del Consejo de la Magistratura o de las agencias autónomas solo en apariencia, como Procuraduría de la Nación, Fiscalía Anticorrupción o Agencia Federal de Inteligencia, comprobamos que sin una modificación radical de nuestro sistema institucional solo podremos diseñar meros paliativos.

Como una reforma constitucional en medio de la grieta que divide a la sociedad argentina es impensable, por el momento debemos confiar en medidas meramente legislativas. En esta dirección habría que modificar la legislación para que el Consejo de la Magistratura garantice verdaderamente el equilibrio que regula el artículo 114 de la Constitución Nacional y evite que una mayoría de afines al Poder Ejecutivo obtenga el control sobre la designación y remoción de los jueces.

En cuanto a la persecución penal de los ex presidentes y ministros, una ley podría adoptar un sistema similar al instituido en la Constitución Española, estableciendo la competencia de la Corte Suprema de Justicia para la instrucción y juzgamiento de estas causas. El artículo 102 de la Constitución Española señala que “la responsabilidad criminal del Presidente y los demás ministros del Gobierno será exigible en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Si la acusación fuera por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, solo podrá ser planteado por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo”.

Una medida de esta naturaleza obligaría probablemente a ampliar los miembros de la Corte Suprema. No es posible que las decisiones de última instancia reposen en un tribunal que apenas tiene cinco miembros. La comparación con España es sumamente ilustrativa. En España, donde existe un Tribunal Constitucional integrado por 20 jueces que se ocupa de todas las cuestiones de inconstitucionalidad, el Tribunal Supremo está integrado por 79 magistrados que sesionan divididos en cinco salas (civil, penal, laboral, contencioso-administrativa, y militar).

Habrá que adoptar también otras medidas de higiene democrática reorganizando, por ejemplo, la competencia de la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires que se ha convertido en una terminal de los servicios de información del Estado y restar poder a la Agencia Federal de Inteligencia disponiendo que su dirección sea elegida en acuerdo mayoritario de la Cámara de Diputados.

Como se percibe, en el fondo todas estas medidas apuntan a limitar los poderes implícitos que posee el presidente de la Nación. Todo lo que en Argentina contribuya a restar poderes a nuestro monarca constitucional será siempre en ayuda de nuestra atribulada democracia.