Las novelas de Ercolini (II)

Aleardo Laría.

Preventivas a pedido del poder

En la nota anterior señalábamos que cuando un juez no acierta a ofrecer argumentos lógicos y sus razonamientos resultan forzados, la sensación que dejan al lector es que la sentencia o resolución adoptada se ha construido de modo inverso, partiendo de una conclusión preestablecida para buscar luego los argumentos que pudieran acomodarse a esa solución. Añadíamos que las resoluciones adoptadas por el juez Julián Ercolini en los casos relevantes en que ha tenido que intervenir –caso Techint, caso Cristóbal López y caso Nisman-, aparecen presididas por un mismo patrón: todas parecen dirigidas a complacer a intereses ajenos al propio accionar de la justicia. En esta nota analizaremos exclusivamente los argumentos que fueron utilizados por Ercolini para disponer la prisión preventiva de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa en diciembre de 2017, sin entrar en mayores consideraciones sobre la causa principal que está subjudice y sobre la que otros jueces deberán pronunciarse.

La maniobra de fórum shopping

No bien Macri asumiera la presidencia, se llevaron a cabo una serie de actuaciones concertadas dirigidas a desestabilizar al Grupo Indalo, propietario de una cadena de medios entre los que se destaca el canal C5N. El 13 de marzo de 2016, con la firma de Hugo Alconada Mon, se publicó una nota en La Nación en virtud de la cual se acusaba a la empresa insignia del Grupo Indalo, Oil Combustibles, de haber cometido una evasión impositiva de 8.000 millones de pesos. Actualmente está en marcha una investigación penal porque existen indicios de que los datos que reflejaba la “investigación periodística” de Alconada Mon era en realidad producto de un informe elaborado por la AFIP de manera irregular. Según ha declarado la ex subdirectora de Auditoría de la AFIP en el juicio de Oil Combustibles, el informe preparado bajo la gestión de Alberto Abad y que se utilizó para apuntar la denuncia penal, se hizo sin intervención de las áreas correspondientes.  No bien se publicó la nota en La Nación, la ex diputada Elisa Carrió  presentó un escrito en el juzgado de Julián Ercolini, acompañada del recorte periodístico, sosteniendo que lo publicado formaba parte de la asociación ilícita conformada por Néstor y Cristina Kirchner que ella había denunciado ocho años antes en el 2008. Pese a que el argumento carecía de toda seriedad, el juez Ercolini no tuvo reparos en hacerse cargo de la nueva investigación, acusando a los empresarios de un delito de defraudación. El 24 de junio de 2016 el juez Ercolini citó a indagatoria a los dueños del Grupo Indalo y  a los ex titulares de la AFIP, Ricardo Etchegaray y de la DGI Angel Toninelli.

La prisión preventiva de López y De Sousa

Sorpresivamente, el  20 de diciembre de 2017, el juez Ercolini dispuso la prisión preventiva de López y De Sousa con el argumento de que habían tenido un «comportamiento hostil» frente a las medidas cautelares dispuestas por el juzgado. Ercolini acusó a ambos empresarios de haber vendido acciones del Grupo Indalo a sabiendas de que no podían hacerlo porque pesaba sobre ellos y sus empresas una «inhibición general de bienes». Según el juez, el accionar de ambos «se dirigió a obstruir la labor de la Justicia». Pero lo cierto era que, según el propio relato de Ercolini, el 25 de octubre López y De Sousa le habían pedido el levantamiento de esa medida para vender acciones de empresas a otro «grupo inversor con reconocida experiencia» alegando que la venta era imprescindible porque «se encontraba en peligro la continuidad de los negocios de todo el grupo». Si bien el juzgado se negó a autorizar el levantamiento el juez argumentó que López y De Sousa le informaron que el 20 de octubre habían vendido sus acciones: «Ellos mismos manifestaron haber vendido sus tenencias -cuando les estaba vedado- con anterioridad a haber solicitado autorización para ello», relató Ercolini. Según el juez, esta conducta de los acusados lo habilitaba “a adoptar el encarcelamiento preventivo». En realidad el argumento de Ercolini era falso. En una operación tan compleja como la venta de una empresa, lo usual es fijar primero en un contrato las condiciones de venta y luego presentarlas al juez para que apruebe la operación, que era justamente lo que habían hecho los empresarios. No se puede pedir la autorización de venta en abstracto, sin establecer antes las condiciones, como aparentemente pretendía el juez.

El 16 marzo de 2018 La Sala I de la Cámara Federal, con el voto favorable de los jueces Jorge Ballesteros y Eduardo Farah y la disidencia de Leopoldo Bruglia, resolvió dejar en libertad a Cristóbal López y Fabián De Sousa por considerar que su libertad no ponía en riesgo la investigación.  Además, los magistrados resolvieron cambiar la carátula de la causa: estaban procesados como partícipes necesarios de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado y decidieron procesarlos por un delito de evasión. Los jueces Ballesteros y Farah argumentaron que la detención de los empresarios “desafía la razonabilidad”. «El decomiso de los bienes, incluso de manera preventiva, es una cosa. El decomiso de la libertad es otra bien distinta», señaló Ballestero en su argumentación.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal con fallo de  Gustavo Hornos y Eduardo Riggi y la disidencia de Ana M. Figueroa revocó el  27 abril 2018 el fallo de la Cámara Federal manteniendo la calificación del juez Ercolini de administración fraudulenta agravada y ordenando la inmediata detención de los empresarios Según la nota de Hernán Cappiello en La Nación, estábamos ante “un fallo que ayuda a sanar heridas”.

https://www.lanacion.com.ar/2129866-un-fallo-que-ayuda-a-sanar-heridas

El periodista no tenía reparo en reconocer la fuerte intervención del presidente Macri en la resolución. “Mauricio Macri estaba convencido de que lo único que pretendían quienes liberaron a Cristóbal López era perjudicarlo. Esa semana de mediados de marzo la lista de conspiradores contra el Gobierno la encabezaban los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero, que estaban demoliendo uno de los éxitos que podía exhibir: la corrupción se paga con la cárcel. Ballestero y Farah no hicieron caso a las advertencias que les llegaron a través de mensajeros que dijeron venir del edificio de 25 de Mayo, sede de los espías. Les dijeron que una decisión así tendría consecuencias. Y las tuvo”. Añadía que el juez Hornos no solo había resuelto que la sala quedara integrada por el mismo sino que también había derogado implícitamente lo dispuesto en el art. 457 del Código Procesal de la Nación al admitir un recurso que no correspondía dado que las decisiones que confirman el auto de procesamiento sin prisión preventiva no son equiparables a definitivas. Luego se ha sabido, por una nota dirigida al Consejo de la Magistratura, que la Corte Suprema investiga el procedimiento que se utilizó para  la integración de la Sala I en el dictado de esa resolución.

Sobreseimiento de López y De Sousa

Para completar el análisis de la decisión de Ercolini resta señalar que la  jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso el 13 de septiembre de 2019 el sobreseimiento de Cristóbal López y Fabián De Souza en relación con la tentativa de venta que había dado lugar a la detención preventiva de los empresarios.  Capuchetti se basó en un dictamen del fiscal Federico González, quien consideró que no había existido delito en el supuesto traspaso al  grupo Rosner. La causa había sido impulsada por el fiscal Gerardo Pollicita cuando Ercolini dispuso privar de su libertad a los empresarios. La jueza declaró que «no hubo transferencia accionaria pues, pese a la sensación de que se encontraban realizando un ardid tendiente a confundir a las partes de aquel expediente que originó la formación de esta causa, los imputados realmente habían puesto en consideración del magistrado (Ercolini) la autorización para que se realice la transferencia accionaria». Esta resolución obligó a dejar en libertad de los empresarios  que ya llevaban 22 meses en prisión desde su arbitraria detención.

Actualmente  existen tres investigaciones penales abiertas en relación con las actuaciones que tuvieron lugar durante el gobierno de Mauricio Macri afectando al Grupo Indalo. En una causa a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti y el fiscal Franco Picardi se investiga la “mesa judicial” que operó durante el macrismo  y desde la que se trató de influir en diversas causas judiciales. En otro procedimiento que está a cargo del juez Martínez de Giorgi, fiscalía de Alejandra Mangano, se investigan las visitas de jueces amigos a la residencia de Olivos y a la Casa Rosada durante el gobierno de Macri. Finalmente, en el juzgado federal de María Servini de Cubría, fiscalía de Guillermo Marijuán, se investiga la maniobra dirigida a provocar la quiebra de Oil Combustibles y las presiones sobre Cristóbal López y Fabián de Sousa utilizando la AFIP para ahogar al Grupo Indalo y apoderarse de sus medios de comunicación. En esta causa está denunciado Macri, el asesor José Torello, el ex vicejefe de Gabinete Mario Quintana, el ex titular de la AFIP Alberto Abad, su sucesor Leandro Cuccioli, el empresario Nicolás Caputo y el fugitivo Fabián “Pepín” Rodríguez Simón.  Ha llamado la atención de los observadores políticos la aparentemente precipitada petición de asilo político formulada por “Pepín” Rodríguez Simón en Uruguay cuando fue citado a declarar por la jueza Servini de Cubría en esta causa . Dado que con el gobierno de Alberto Fernández la “doctrina Irurzun” ha sido abandonada y los jueces ya no utilizan la prisión preventiva para obtener confesiones forzadas, la decisión de “Pepín” no parece haber  sido debidamente meditada. Sin embargo, al repasar todas las intervenciones de Macri en las causas judiciales abiertas contra sus enemigos políticos, y la acogida que recibieron por parte de tantos jueces y fiscales dispuestos a acompañarlo en su cruzada particular, no resulta extraño que Rodríguez Simón tenga escasa confianza en la justicia argentina. Será difícil restablecer esa confianza mientras los jueces que cometen “barrabasadas”, según la colorida expresión del presidente Alberto Fernández, continúen imperturbables haciendo de las suyas.